CANALIZACION DEL
GUADALIMAR
Insertamos con el mayor gusto el
siguiente artículo
que al efecto se nos ha remitido,
no pudiendo menos
al hacerlo, de celebrar que haya
personas en nuestro
pais que dediquen su atención, sus
estudios y sus
capitales a empresas de esta
naturaleza, que son las
que han de dar de sí el desarrollo
de que es suceptible
la gran riqueza que oculta en sus
entrañas nuestro
suelo privilegiado, y que basta
por sí sola para elevar
a España al mas alto grado de
prosperidad y bienestar.
El gobierno debe favorecer en
cuanto sea posible a
las empresas de esta naturaleza, y
obrando así merecerá
por ello los elogios de la
generalidad.
Dice así el artículo:
La Gaceta ha publicado hace
pocos dias una real
orden concediendo provisionalmente
a los señores Colomer.
Aguilera y consocios la facultad
de abrir en la
provincia de Jaén, un canal de
riego, alimentado con
las aguas del rio Guadalimar, que
es uno de los primeros
afluyentes al Guadalquivir.
Dias hace que sabemos la buena
acogida que ha tenido
en el pais este pensamiento, que
tiene por objeto
el fertilizar las hermosas vegas
que en la extension de
ocho leguas, forman la cuenca del
Guadalimar, perte
necientes a las jurisdicciones de
los pueblos de Rus,
Ibros, Lupion, Casas de Hurtado, Torre
de Blasco Pedro,
Linares y Jabalquinto; tierras
todas de pan llevar,
limpias, y de las mas excelente
calidad, pero de
tan limitados rendimientos que
apenas bastan á cubrir
en ciertos años las contribuciones
que sobre ellas
pesan, mientras que la corriente
perenne que las
cruza, va a perderse en el
caudaloso Gualdalquivir,
sirviendo solo para que funcionen
unos cuantos molinos
de escasa importancia, y muy de
tarde en tarde,
para dar paso a la poca madera que
se baja hasta Sevilla
procedente de la sierra de Segura.
Increíble parece que estando tan
patentes la posibilidad
y las ventajas, y siendo tan pocos
los derechos
creados, no se haya pensado hasta
ahora seriamente
en explotar el gran desarrollo que
pueden recibir la
agricultura y la industria en una comarca
que a su
suelo feraz y benéfico clima,
reúne los elementos para
llegar a competir con las mas
ricas de la bella Andalu
cía, sí bien reconocemos que para
acometer esta clase
de empresas, ademas de un crecido
capital, se necesita
el profundo conocimiento de
cuantas circunstancias
deben intuir en que los beneficios
superen en
gran manera a los inconveniente, y
una pérseverancia
mas eficaz que la inercia y
rancias preocupaciones
que se arraigan en todos los
países, en qué la propiedad
territorificamente se encuentra mal
distribuida.
Los concesionarios del canal de
que se trata han
vencido ya los primeros
obstáculos, y desde el año pasado
tienen garantido el buen empleo
del capital a invertir,
porque antes de empezar la
concesión,escrituraron con los
propietarios de las tierras
lindantes con el rio,
la retribución del riego, obligándose
estos á ceder terrenos de igual
cabida que los
que se les beneficien, ó a
satisfacer un cánon anual
por cada cuerda del país, quedando
la conservación
de las obras al cargo de la
empresa. Esta, además se
ha procurado desde luego la
adquisición de otras
fincas de valor, que serán
regables, y mientras que
el expediente ha seguido, por las
provincias de Sevilla,
Córdoba y Jaén, los trámites que
marca la ley, se han
practicado, cuantas operaciones y
trabajos facultativos
exigía la presentación de un
proyecto de todas
las obras del canal, en cuya
formación ha entendido
el arquitecto don Antonino Sancho,
haciendo algunos
dias que obran en el ministerio la
memoria descriptiva
y los grandiosos planos que lo
componen.
El estado en que se encuentra este
negocio, la solidez
con que se ha entablado, las
circunstancias que
concurren en las personas
principalmente interesadas,
y la justa protección que hemos
visto se le dispensa,
nos permite confiar que en breve
lo veremos realizado,
si no surgen en su curso natural
esas trabas y
entorpecimientos, que por
desgracia, son tan frecuentes
entre nosotros, y que dan por
fruto dilaciones
que entibian el mas ferviente afan
y malogran los mas
laudables esfuerzos. Indicaremos ,
entre tanto, algunos
de los interesantes datos que
hemos adquirido,
suficientes para dar una ligera
idea del proyecto y
para que se reconozca toda su
utilidad é importancia.
Según el trazado del canal, las
tierras que se quiere
beneficiar, en los pueblos citados
pertenecientes al par
tido judicial de Baeza, componen una superficie
regable
de 8300 fanegas ó aranzadas del
marco de Castilla,
de las cuales hay situadas á la
izquierda del rio unas
8250 y en la orilla derecha las
3230 restantes, necesitándose
para el riego de todas, según los
periodos, las
diferentes clases de cultivo y la
alta temperatura del
clima, 111 pies cúbicos de agua
por segundo , caudal
mucho menor que el que se regula
conduce el Guadalimar
en los veranos de mayor sequía.
El punto designado como mas
ventajoso para la derivación,
por la altura que se gana,
evitando el construir
una presa costosa, es el salto
llamado de los Escuderos,
que se halla en el término de Rus
a unas
siete leguas del Guadalquivir, y
desde allí debe dirigirse
el canal por la izquierda del río,
ceñido a las laderas
y siguiendo casi paralelamente sus
inflexiones
hasta salir a la parte mas elevada
de la hermosa Vega de
Corralrubio en la cual, á poco mas
de dos leguas de su
origen, tiene que dividirse el cauce en dos acequias
o
ramales que vendrán a tener cada
uno la longitud de
otras cinco leguas. El de mayor
dotación debe continuar
por la orilla izquierda, dominando
á todas la vegas
que se encuentran hasta llegar al
cortijo de Hortichuela,
junto al cual desaguará en el
Guadalquivir; y el
menor, destinado á dar el riego á
las tierras situadas en
la derecha del Guadalimar, debe
dirigirse desde el punto
de la partición á cruzar, el rio
por Puente Quebrada,
restaurándose esta obra convertida
en un acueducto
sifón, para que aquel siga luego
por los términos de
Linares y de Jabalquinto hasta
morir en el arroyo Gorgogil,
á muy corta distancia del puente
colgante de
Mengibar.
Aunque son muchas la obras de
fábrica que se necesitan,
y de alguna entidad los acueductos
que se han
de construir en las dos primeras
leguas, ademas de
haber de salvarse subterráneamente
ciertos puntos en
que las laderas son de dificil
acceso, se gradúa la duración
de los trabajos en poco mas de
tres años, con
probabilidad de que en el segundo
puedan ya establecerse
algunos riegos, y según el
presupuesto detallado
del proyecto su total coste no
ascenderá á 7.500,000
reales, inclusas las indemnizaciones
por la expropiación.
Clasificadas las tierras en su
actual estado, representan,
consideradas en venta, un capital
de 3.869,900 reales,
y sus rendimientos unos años con
otros pueden
graduarse en 160.000 reales,, que
equivalen en corta
diferencia, al 4 por 100; pero
estas mismas tierras,
una vez convertidas en regadío,
por muy lentos que
sean los adelantos, y por mas que
se haya de aplicarles
el gran valor que tienen las de
las huertas de Aragón,
Valencia y Cataluña, deben valer
en breve seis ó
siete veces mas de lo que valen y
ser muy suscepti-
bles dé producir cuando menos el
6 por 100 del capital
que representen, en cuyos conceptos,
las 8,500 fanegas regables
pueden apreciarse en 27.094,000reales,
y sus productos en 1.635,640
reales. Resultando que la riqueza
territorial de la comarca
aumentaría en la con-
siderable suma de mas de
23.000,000 de reales.
Las pendientes adoptadas para el
canal y sus dos
ramales, combinadas con los
accidentes y fuertes inclinaciones
del terreno, determinan un gran número
de
saltos para el establecimiento de
fábricas y molinos favorablemente
situados, que podrian utilizar una
total
fuerza motriz equivalente á unos
300. caballos de vapor,
circunstancia que contribuiría a colonizar,
y abrirá
un vasto campo para la industria y
la especulación, satisfaciendo
muchas de las necesidades que se
sienten
en la provincia.
Siendo tan palpables los
beneficios que se reportaran
con la realización de este
proyecto, no presumimos le
sirvan de contrariedad las
observaciones mas ó menos
fundadas y hechas con el mejor
celo por las autoridades
de Córdoba, y la fútil oposición
de algun usufructuario
de las aguas de Guadalquivir,
induciéndonos á creerlo
asi el expresar la real orden de
la concesión provisional
que ha de entenderse con la
reserva de lo que se
determine sobre las dos cuestiones
de si el caudal que
se quiere absorber del Guadalimar
podría hacer falta
para que el Guadalquivir sea
navegable, y si se lastimarán
los intereses de otros regantes ó
industriales.
Encomendada ya la aclaración de
ambas cuestiones
á la dirección general de obras
públicas , y á su junta
consultiva, no pretendemos en
manera alguna prejuzgar
pero seamos lícito distinguir que si
abstractamente
consideradas tienen las dos el
sello de facultativas
la segunda en el caso de que se
trata, es en nuestro
modo de ver, de puro derecho y en
si misma lleva
la solución, porque los riegos que
se intentan son para
las ultimas tierras que baña el
Guadalimar, aunque
existiesen otros ya establecidos
en la orilla del Guadalquivir,
lo cual no se verifica, que sepamos,
en muchas
leguas, era preciso que fueran muy
vastos para
que no alcanzasen á alimentarlos el primitivo caudal
de este rio y el de los infinitos
que le son afluentes,
hasta desaguar en el Océano, y aun
en el caso extremo
de que en efecto apareciesen
perjudicados, si por
concesiones anteriores no consta
que las aguas ,del
Guadalimar les hayan sido
adjudicadas, no ha lugar
la duda de si sus dueños naturales pueden
aspirar á su
aprovechamiento.
Concluiremos, a fuer de imparciales,
felicitando al
señor Reinoso por haber fijado su
atención en este
asunto . prometiéndonos verlo
pronto definitivamente
terminado del modo que mejor concilie lodos los
intereses.
Fuente: El Heraldo
27 diciembre 1851
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